El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó el día martes 9 de febrero a Guido Enrique Carihuentro Millaleo, a la pena de ocho años de presidio efectivo y al pago de una multa de 12 unidades tributarias mensuales, como autor del delito consumado de incendio de cosas muebles, en perjuicio de Alejo Leonardo Vielma Palma, perpetrado el 1 de enero del año  2015 en la comuna de Freire, región de La Araucanía.

El tribunal –integrado por los magistrados Oscar Viñuela Aller (presidente), José Ignacio Rau Atria (redactor) y María Georgina Gutiérrez Aravena- decretó contra Guido Carihuentro las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo que dure la condena.Por unanimidad y tras cuatro jornadas de juicio oral, el tribunal llegó a la convicción “que el día 1 de enero de 2015, aproximadamente a las 00:40 horas, el imputado Guido Enrique Carihuentro Millaleo, junto a un grupo no determinado de individuos, ingresó al predio ubicado en sector Guiñimo, kilómetro 18 de la Ruta S-60, que une Freire con Barros Arana, de propiedad de Alejo Vielma Palma, y una vez en el lugar, procedió a aplicar fuego a tres camiones y a dos máquinas agrícolas, que producto de la acción del fuego resultaron destruidos por carbonización, correspondiendo a pérdida total de dichos bienes en cuatro máquinas; mientras que una quinta máquina agrícola fue afectada en una parte relevante de la misma; correspondiendo una pérdida patrimonial avaluada  en $110.889.514 – equivalente al mes de enero de 2015, a 2.570 unidades tributarias mensuales”.
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